La videovigilancia y la LOPD, ¿Cúales son las restricciones que tenemos al instalar una cámara de videovigilancia?
La videovigilancia es uno de los métodos de seguridad más extendidos hoy en
día debido a las ventajas que ofrece frente a un empleado encargado de la
seguridad (costo, manejo de datos y fiablidad).
Sin embrago, a diferencia de tener un guardia de seguridad, con las
cámaras debemos cumplir una serie de normativas que aparecen reflejadas
en la Ley Orgánica de Protección de Datos:
·
Su instalación debe respetar el principio de proporcionalidad.
·
Las videocámaras no podrán captar imágenes de las personas que se
encuentren fuera del espacio privado en donde esté instalado el sistema de
videovigilancia.
§ Las videocámaras no
podrán obtener imágenes de la vía pública salvo que resulte imprescindible para
dicho fin, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas y
extraordinariamente también se recogerá el espacio mínimo para dicha finalidad.
Por lo tanto, las cámaras podrían excepcionalmente captar la porción
mínimamente necesaria para la finalidad de seguridad que se pretende.
§ El responsable deberá
llevar un registro de actividades de los tratamientos efectuados bajo su
responsabilidad en el que se incluya la información referenciada en el artículo
30.1 del RGPD.
§ Las cámaras instaladas
no pueden obtener imágenes de espacio privativo de tercero y/o espacio público
sin causa justificada debidamente acreditada, ni pueden afectar a la intimidad
de transeúntes que transiten libremente por la zona, ni tampoco a los espacios
públicos circundantes, edificios contiguos y vehículos distintos de los que
accedan al espacio vigilado.
En caso de que las cámaras no cumplan con esta Ley y exista una denuncia la
sanción podría ascender hasta los 2000 euros, incluyéndose otras medidas o
sanciones como:
·
El aporte de imágenes que se referencien en la denuncia
·
La posible retirada de las cámaras que incidan en un plano que no sea
privado
·
La señalización sobre las cámaras de vigilancia de manera clara
Esperamos que esta información les sea de utilidad, si su empresa o terreno
privado está vigilado y quiere comprobar si cumple con los requisitos legales
necesarios no dude en consultarlo con nosotros.