¿Qué ayudas deberán incluir los autónomos en la declaración del IRPF este año?
Todas las ayudas y prestaciones percibidas a partir del 1 de enero de 2021 no tributarán en la declaración de IRPF de este año, sino en la del siguiente.
Teniendo eso en cuenta, las ayudas que se deben mostrar son:
Prestación extraordinaria por cese de actividad: cobros de marzo a diciembre
Ayudas y subvenciones autonómicas: de enero a diciembre de 2020
Por lo que podemos concluir que habrá que incluir todas excepto la jubilación, la incapacidad temporal, la viudedad, el favor de familiares o el cese de actividad ordinario.
Ayudas y prestaciones exentas de tributar:
- Prestaciones por maternidad o paternidad.
- Prestaciones por Incapacidad Permanente o absoluta.
- Capitalización del paro.
- Rentas mínimas de inserción.
- Planes de Ahorro a largo plazo.
- Indemnizaciones de seguros.
- Las herencias y donaciones.